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Viajar seguro: Requisitos para transitar las rutas de Córdoba
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Viajar seguro: Requisitos para transitar las rutas de Córdoba

  • En plena temporada turística, es importante recordar que hay condiciones obligatorias a la hora de circular por los caminos de Córdoba.
  • Por eso, la Policía Caminera informa todos los datos necesarios sobre documentación, seguridad del vehículo, controles, traslado de menores y mascotas.


Arrancó la temporada de verano en Córdoba, y ya sea a modo de escapada de fin de semana o vacaciones completas, las rutas de Córdoba se llenan de visitantes y turistas.


En este sentido, es importante recordar información acerca de las condiciones necesarias para circular en los caminos cordobeses. La documentación y objetos de seguridad indispensables son:


  • DNI o Cédula de identidad.
  • Carnet de conducir. (Si tiene el carnet vencido, y la Municipalidad que lo otorgó dio prórroga que lo acompañe el decreto ya sea digital o física).
  • Cédula verde del vehículo.
  • Cédula azul, en caso de manejar un vehículo que sea de tu propiedad y que la cédula verde se encuentre vencida.
  • Comprobante de póliza de seguro obligatorio vigente.
  • Matafuegos con control de carga y al alcance del conductor
  • Balizas portátiles.
  • Goma de auxilio y llave de ajuste.

A la hora de circular en rutas, hay que tener en cuenta que en la Provincia de Córdoba el nivel de alcoholemia permitido es cero. Por eso, quien bebe no conduce, y quien conduce, no bebe.


Además, cabe recordar que todos los ocupantes del vehículo deben utilizar el cinturón de seguridad; deben mantenerse las luces bajas encendidas en todo momento; respetar las velocidades máximas y normas de tránsito; avisar con antelación las maniobras con las luces adecuadas; mantener las distancias adecuadas entre vehículos; no realizar adelantamientos indebidos, entre otras normas.


Las velocidades máximas indicadas para autos y motos son: en rutas convencionales, 110 km/h; y en autovías y autopistas, 130 km/h.

Respecto a las luces bajas, se recuerda que la Ley de Tránsito 8.560 indica que son las únicas adecuadas para circular. Ni las luces de posición ni las luces automáticas sustituyen este requisito.


Por otra parte, debe respetarse la señalización vial, tanto horizontal como vertical. No están permitidos los adelantamientos en doble línea amarilla, y sólo puede realizarse en línea blanca discontinuada, ya sea total o cuando ésta se encuentra en el sentido de circulación por donde transito.


¿Cómo deben trasladarse niños o mascotas?


En el caso de los niños menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero obligatoriamente. Además, dependiendo su anatomía deben utilizar una silla de transporte.


El objetivo es que el cinturón de seguridad esté a la altura del pecho del pasajero y no a la altura del cuello. Bajo ningún concepto, se puede viajar con un niño en brazos.


Por su parte, la recomendación para mascotas es que viajen en canil, y dicho elemento se encuentre sujeto al cinturón de seguridad. En caso de no contar con canil, el animal puede viajar sujeto de la correa al cinturón de seguridad. En ambos casos, la mascota ocupa un lugar de pasajero.


Fuente: Prensa Gobierno de Córdoba



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